sábado, 12 de septiembre de 2015

2) AGENDA 21, Declaración #4

Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

Habiéndose reunido en Rio de Janeiro del 3 al 14 de junio de 1992, reafirmando la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, aprobada en Estocolmo el 16 de junio de 1972, y tratando de basarse en ella, con el objetivo de establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas, procurando alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los intereses de todos y se proteja la integridad del sistema ambiental y de desarrollo mundial, reconociendo la naturaleza integral e interdependiente de la Tierra, nuestro hogar, proclama que:


PRINCIPIO  4  DE LA AGENDA 21


“A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada.”



MI PENSAR:
Para alcanzar el desarrollo sostenible tenemos que hacer un proceso completo, el cual es, tener equilibrio entre protección ambiental y crecimiento económico, para poder desarrollar el seguimiento a esto no le podemos descuidar, al contrario debemos implicarle a los demás  el respeto por nuestro ambiente y crear leyes o reglamentos para las generaciones futuras de tal manera que cuiden el ecosistema.
  1. ·         El primer paso es legislar y establecer leyes y normas de carácter proteccionista.
  2. ·         En segundo lugar hay que aplicar estas normas y velar por el cumplimiento de los objetivos que marcan.


¿Cómo protegemos el medio ambiente?
Un primer nivel de protección, llamado de protección horizontal, es aquel en que se encuentra la normativa que tiene una aplicación general a cualquier parte del territorio donde la normativa está en vigor. En Cataluña algunos ejemplos son la normativa de impacto ambiental, la de aguas, la de residuos, la urbanística, la de la atmósfera o la de especies protegidas. Así, por ejemplo, en el caso de la contaminación atmosférica se establecen unos valores límite para cada tipo de contaminante.
Un segundo nivel de protección es el de tipo territorial. Es decir, se limitan una serie de zonas que por sus especiales valores se deben proteger en mayor o menor medida, indicando qué actividades son compatibles con el hecho de preservar las condiciones naturales del espacio en cuestión. En Cataluña se distingue entre las zonas que forman parte del Plan de espacios de interés natural (PEIN) y los llamados genéricamente espacios naturales de protección especial.
La protección del medio ambiente no es únicamente una tarea del sector público, también desde el sector privado, con la colaboración del sector público, se están llevando a cabo diferentes tipos de iniciativas de conservación.

Otro ejemplo de organización es:
Greenpeace (del inglés green: verde, y peace: paz)
Es una ONG ambientalista, fundada en el año de 1971 en Vancouver, Canadá.
El objetivo de la ONG ecologista es proteger y defender el medio ambiente, interviniendo en diferentes puntos del planeta cuando se cometen atentados contra la Naturaleza. Greenpeace lleva a cabo campañas para detener el cambio climático, proteger la biodiversidad, para la no utilización de transgénicos, disminuir la contaminación, acabar con el uso de la energía nuclear y las armas y proteger bosques y parajes naturales.
Con oficinas nacionales y regionales en 43 países, la organización obtiene sus ingresos de las contribuciones individuales de sus 3 millones de socios, cifra del 1 de marzo de 2013, en todo el mundo.


BIBLIOGRAFIAS:

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